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¿Qué titulación náutica se ajusta a mis necesidades para navegar?

Aquí podrás encontrar un sencillo resumen para que sepas rápidamente qué Título o Licencia es la más adecuada para ti según la eslora de tu barco y la potencia de tu embarcación.

En la siguiente tabla encontrarás las diferentes titulaciones y sus principales atribuciones para que obtengas de forma rápida una visión de cual es el título o Licencia que mas se adapta a tus necesidades.

Lo primero que tenemos que preguntarnos que es lo que quiero hacer con un barco, salir a bucear, salir a pescar, salir de paseo con la familia, salir a descubrir otros puertos y lugares, a esto hay que añadir que tipo de Barco quiero tener (Motor, Vela) que tamaño de Barco voy a manejar y a que distancia de la costa quiero separarme.

Si principalmente vas a navegar en aguas interiores, es decir pantanos o en aguas abiertas pero nunca vas a separarte de la costa mas de 2 millas y no pretendes llevar embarcaciones de más de 6 metros tu título es la Licencia de Navegación que te habilita para alejarte hasta 2 millas de la costa en navegación diurna y poder gobernar embarcaciones hasta 6 metros de eslora, lo bueno de este título es que no precisa de examen teórico ante la DGMM.

Si eres una persona que lo que quiere es dedicarse a ir a calas para pescar o bucear pero en alguna ocasión puede que lleves embarcaciones de hasta 8 metros, entonces tu título es el de Patrón de Navegación Básica llamado PNB, este título te habilta para el gobierno de embarcaciones hasta 8 metros de eslora, te puedes separar de la costa hasta 5 millas de puerto, marina o lugar de abrigo.

Para embarcaciones superiores se requiere el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, PER. Es la titulación más demandada ya que permite el gobierno de embarcaciones hasta de 15 metros de eslora y navegar hasta 12 millas, y además con una práctica especial puedes habilitar tu título para poder ir desde cualquier parte de la península hasta las Islas Baleares.

El título de Patrón de Yate te permite el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros y una distancia de 150 millas de la costa.

Y por último, el título de Capitán de Yate que autoriza al gobierno de embarcaciones de recreo  de hasta 24 metros de eslora pero sin limite de distancia a la costa.

NO SE NECESITARÁ TITULACIÓN NÁUTICA DE RECREO para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.

Los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad, para todas las titulaciones excepto para la de Patrón de Navegación Básica que con autorización paterna y 16 años de edad pueden obtenerla.

No será necesario cumplir con los requisitos de edad ni de titulación regulados en este real decreto a efectos de la preparación y participación en competiciones marítimo deportivas oficiales.

 

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